14 de junio de 2010

EL MECENAZGO CULTURAL- PROYECTO DE LEY

Hace pocos días recibí un mensaje bastante breve y sin ninguna explicación, promoviendo el proyecto de Ley del Mecenazgo Cultural, presentado por la congresista Luciana León al Congreso para su debate y posterior aprobación. Al requerir la explicación respectiva, sólo recibí un mutis.

No es justo que el conocimiento de los proyectos de leyes sean privilegio sólo de los congresistas o de seudo difusores, quienes poco o nada hacen para compartirlos con el resto de la sociedad, que somos el 99.9999% de la población (descontando a los congresistas, asesores, planchacamisas, lavapies y demás sirvientes de otorongos).

La iniciativa goza de buena aceptación en el Legislativo. Tanto así que la Comisión de Educación se inhibió por mayoría de debatir en su seno la referida norma, por lo que fue elevada al Pleno inmediatamente. Sin embargo, el Ministerio de Economía ha planteado unos reparos a la norma.

La norma tiene por objeto regular el mecenazgo cultural y los incentivos fiscales para su promoción. Según la norma, se entiende por mecenazgo el financiamiento, total o parcial, que realizan personas naturales o jurídicas privadas, con carácter de donación para "la ejecución de proyectos o actividades culturales que son de interés general". Por el monto invertido en cultura, el donante recibe un Certificado del INC, que presentará ante la SUNAT para deducirlo como gasto para el pago del impuesto a la renta.

Los proyectos que se pueden financiar a través del mecenazgo deberán ser aprobados por el INC y consistir en:

1. Creación, difusión, producción e investigación en áreas culturales (teatro, música, cine, toda expresión literaria, danza, etc.)

2. Conservación, restauración y promoción del patrimonio histórico.

3. Proyectos de construcción de infraestructura para la cultura, espectáculo y entretenimiento (tales como teatros, coliseos o auditorios).

Pueden ser beneficiarios las entidades públicas o privadas sin fines de lucro, que presenten un proyecto cultural al Instituto Nacional de Cultura: Universidades, Academias, Institutos, teatros, museos, galerías, bibliotecas y otras.

La iniciativa de un particular puede ser asumida y presentada por alguna de estas entidades: un productor puede llevar su proyecto a una asociación o universidad, la que a su vez lo presentará al INC y será responsable por la donación recibida.

El Procedimiento:
1. Las instituciones que deseen ser beneficiarias, deberán presentar al INC un informe describiendo el proyecto y monto requerido.
2. El INC evaluará y aprobará el proyecto en un plazo máximo de 15 días hábiles.3. Aprobado el proyecto, se inscribe en el Registro del Régimen de Promoción Cultural del INC.
4. El INC comunicará a la SUNAT cuando la empresa haya formalizado su interés de apoyar un proyecto cultural.
5. El INC entrega a la empresa un Certificado para utilizarlo ante SUNAT.

Incentivos: Hay dos tipos de incentivo: para el “Benefactor” y para el “Patrocinador”.

a) Benefactor: Persona natural o jurídica privada que financia un proyecto o actividad cultural y no relaciona su imagen al proyecto. Para efectos del Impuesto a la Renta podrá deducir como gasto el 100% del monto que destinen al financiamiento de los proyectos culturales, sin tope alguno.

b) Patrocinador: Persona natural o jurídica privada que financia un proyecto o actividad cultural, relaciona su imagen al proyecto. Para Podrán deducir como gasto el 50% del monto que destinen al financiamiento de los proyectos culturales, sin tope alguno.

Por mi parte, saludo esta gran iniciativa, pero a la vez solicito no se olviden de otras actividades tan importantes como la Cultura. Por ejemplo: El Deporte, La Educación, El Trabajo, etc. En realidad, si establecemos un mecenazgo para cada una de estas actividades, no creo que solucionaríamos el problema. El problema se podría solucionar sosteniblemente, cuando exista la mayor participación de la población, pero además, con la mayor preocupación del Estado, a través del Gobierno Central, Gobiernos Regionales y Locales.

Es decir, no debemos dejar el tema cultural a una suerte de “oferta y demanda”, como si la cultura fuese una mercadería. Es el Gobierno, quien finalmente no debe “encargar” totalmente nuestra cultura a la empresa privada. Nuestra cultura es tan variada y exquisita que su importancia debe trascender a la preocupación de toda la sociedad, y no sólo de los empresarios. Ya quisieran otros pueblos del mundo tener nuestra ancestral y variada pluricultura.

Por lo tanto, el asunto cultural es una responsabilidad compartida, que el Gobierno no debe desprenderse de ella. En nuestro medio es difícil encontrar verdaderos mecenas que quieran realmente promover la cultura, “poniendo de la suya”. Pero sí abundarán los falsos mecenas quienes aprovecharán siempre canjear cultura por favores tributarios en demasía. Allí está la esencia de dicho proyecto de Ley. Cuidadito con la conocida “criollada” de nuestros empresarios y otorongos.

2 comentarios:

Verónica Cuchillo Paulo dijo...

¿Quién podrá culturizar a nuestros gobernantes?

No es posible cosechar flores si no sabes cómo cultivarlas.

Bertha Méndez dijo...

¿Y porqué no presentan un proyecto de Ley para que no existan congresistas como los planchacamisas, los mataperros, los contrataamantes, los pinochos, los viajeros, las cocaleras y los comepollos?
Sería interesante culturizar a estos sinverguenzas, de esta forma si podríamos dar un gran paso, ya que el problema nace desde nuestros congresistas conchudos, ignorantes y ladrones.

Bertha Méndez